Accesibilidad

Viviendas de interés social (VIS)

Valida el cumplimiento de requisitos de los programas del Fondo MIVIVIENDA.

Viviendas de interés social (VIS)

Verificación de las viviendas de interés social (VIS)

A continuación, le mostramos la norma vigente empleada para la verificación de las viviendas de interés social (VIS) dentro del Programa Techo Propio en la modalidad de Construcción en Sitio Propio (CSP):
Resolución Ministerial N° 071-2024-VIVIENDA, se deroga la Resolución Ministerial N° 120-2020-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento Operativo para Acceder al Bono Familiar Habitacional para la modalidad de Aplicación de Construcción en Sitio Propio y se aprueba la Resolución Ministerial N° 071-2024-VIVIENDA.

Artículos relevantes para el proceso de verificación

  • Artículo 3.- Características de la VIS
  • Artículo 4.- Predio Elegible
  • Artículo 22.- Modificaciones al proyecto registrado
  • Artículo 29.- Verificación de VIS terminada

Condiciones Técnicas Mínimas de la Vivienda de interés social (VIS)

El área mínima techada es de 35m2 sin considerar aleros, en el cual se debe considerar los siguientes ambientes:

  • Lavandería: Zona de lavandería (puede ser no techada).
  • Ambiente de usos múltiples: Sala, comedor y área de cocina.
  • Dos dormitorios: Uno para cama de dos plazas y otro para dos camas de una plaza mínimo.
  • Baño completo: Incluye lavatorio, ducha e inodoro.

Nota: Para la construcción de la VIS, la ET debe cumplir con lo establecido en el RNE y lo señalado en el presente Anexo.